fONDO DE SOLIDARIDAD
FOSOL a través del Fondo de Bienestar Social, área de solidaridad, otorgará los siguientes auxilios a sus asociados, quien solicite alguna de las ayudas deberá cumplir con los requisitos descritos en los artículos 7 y 8 (Reglamento de Bienestar Social) , así como, los requisitos establecidos para cada auxilio.
AUXILIOS FONDO SOLIDARIO
- Auxilio por nacimiento de hijo(s): Auxilio de 7 días de un SMMLV.
- Auxilio planes exequiales: Se otorgará subsidio únicamente sobre un plan exequial.
- Auxilio actividades deportivas o planes de gimnasio: Se otorgará subsidio de dos (2) días de un SMMLV y se otorgará una sola vez en el año.
- Auxilio de anteojos: Se otorgará subsidio de dos (2) días de un SMMLV.
- Auxilio por compra de medicamentos no cubiertos por la EPS: Se otorgará auxilio únicamente por medicamentos no cubiertos por la EPS y las facturas presentadas deben sumar más de cinco (5) días de un SMMLV.
- Auxilio por fallecimiento de los asociados o su grupo familiar.
- Auxilio por daños presentados a la vivienda y bienes (Calamidad doméstica) del asociado a consecuencia de un accidente o caso fortuito y cuya reparación sea urgente.
- Auxilio por incapacidad mayor a 30 días por diagnóstico médico en el que determine enfermedad fortuita por padecimiento de enfermedad catastrófica: este auxilio se reconocerá una sola vez al año y cubre únicamente al asociado.