fONDO DE SOLIDARIDAD

fONDO DE SOLIDARIDAD

FOSOL a través del Fondo de Bienestar Social, área de solidaridad, otorgará los siguientes auxilios a sus asociados, quien solicite alguna de las ayudas deberá cumplir con los requisitos descritos en los artículos 7 y 8 (Reglamento de Bienestar Social) , así como, los requisitos establecidos para cada auxilio.  

AUXILIOS FONDO SOLIDARIO

  • Auxilio por nacimiento de hijo(s): Auxilio de 7 días de un SMMLV. 
  • Auxilio planes exequiales: Se otorgará subsidio únicamente sobre  un plan exequial.
  • Auxilio actividades deportivas o planes de gimnasio: Se otorgará subsidio de dos (2) días de un SMMLV y se otorgará una sola vez en el año.
  • Auxilio de anteojos: Se otorgará subsidio de dos (2) días de un SMMLV.
  • Auxilio por compra de medicamentos no cubiertos por la EPS: Se otorgará auxilio únicamente por medicamentos no cubiertos por la EPS y las facturas presentadas deben sumar más de cinco (5) días de un SMMLV.
  • Auxilio por fallecimiento de los asociados o su grupo familiar.
  • Auxilio por daños presentados a la vivienda y bienes (Calamidad doméstica) del asociado a consecuencia de un accidente o caso fortuito y cuya reparación sea urgente.
  • Auxilio por incapacidad mayor a 30 días por diagnóstico médico en el que determine enfermedad fortuita por padecimiento de enfermedad catastrófica: este auxilio se reconocerá una sola vez al año y cubre únicamente al  asociado.