Fallecimiento de asociado

AUXILIO POR FALLECIMIENTO DEL ASOCIADO

Se girará el auxilio a los herederos legales integrantes del núcleo familiar, debidamente registrados en los documentos del asociación o página de FOSOL, el equivalente a un (1) SMMLV. 
      Requisitos:
    · Que en el momento del fallecimiento fuera asociado hábil.
    · Que el reclamante se encuentre registrado como miembro del grupo familiar en la base de datos de FOSOL.
    · Presentar la solicitud por escrito o por correo electrónico en los primeros 60 días calendario después del fallecimiento, pasado el plazo,               pierde el auxilio.
    · Anexar el certificado de defunción.