AUXILIO POR FALLECIMIENTO DEL ASOCIADO
Se girará el auxilio a los herederos legales integrantes del núcleo familiar,
debidamente registrados en los documentos del asociación o página de FOSOL, el equivalente a un (1)
SMMLV.
Requisitos:
· Que en el momento del fallecimiento fuera asociado hábil.
· Que el reclamante se encuentre registrado como miembro del grupo familiar en la
base de datos de FOSOL.
· Presentar la solicitud por escrito o por correo electrónico en los primeros 60 días
calendario después del fallecimiento, pasado el plazo, pierde el auxilio.
· Anexar el certificado de defunción.