Crédito ordinario

Ordinario

Es el que se otorga a los asociados para atender necesidades de carácter personal que no requiere justificación y por lo tanto es de libre inversión.

Requisitos

Como es un crédito de libre inversión no debe presentar ningún soporte.

Tasa de interés

Se cobrará la tasa de interés del 0.99% mensual vencido.

     PARÁGRAFO 1°. El giro del dinero se hará al asociado o a quien él determine, caso en el cual el asociado asumirá el cobro del Gravamen a los Movimientos Financieros - GMF que el fondo debe descontar por girarse a un tercero.