COmpra o abono de cartera

Compra o abono de cartera

Es el que se concede al Asociado y/o núcleo familiar básico para el pago de obligaciones financieras contraídas que sean diferentes a las de FOSOL (Entidades financieras y de Economía Solidaria), el asociado solicitante que acredite que tiene una obligación crediticia vigente, mediante la presentación de un extracto o certificación reciente.  

Tasa de interés

Se cobrará la tasa de interés del 0.88% mensual vencido.

PARÁGRAFO 1°. Transcurridos máximo 30 días calendario después del desembolso, deberá legalizar allegando paz y salvo del crédito o copia del aporte con el nuevo saldo crediticio, so pena de ser transformado en crédito ordinario.  

PARÁGRAFO 2°.  El giro del dinero se hará al asociado o a quien él determine, caso en el cual el asociado asumirá el cobro del GMF que el fondo debe descontar por girarse a un tercero.