Compra o abono de cartera
Es
el que se concede al Asociado y/o núcleo
familiar básico para el pago de obligaciones financieras contraídas que sean
diferentes a las de FOSOL (Entidades financieras y de Economía Solidaria),
el asociado solicitante que acredite que tiene una obligación crediticia
vigente, mediante la presentación de un extracto o certificación reciente.
Tasa de interés
Se cobrará la tasa de interés del 0.88% mensual
vencido.
PARÁGRAFO 1°. Transcurridos máximo 30 días calendario después del desembolso, deberá legalizar allegando paz y salvo del crédito o copia del aporte con el nuevo saldo crediticio, so pena de ser transformado en crédito ordinario.
PARÁGRAFO 2°. El giro del dinero se hará al asociado o a quien él determine, caso en el cual el asociado asumirá el cobro del GMF que el fondo debe descontar por girarse a un tercero.